Coronavirus: piden que se autorice la reapertura de los comercios de vinos
El presidente de la Cámara Argentina del Vino y Afines, Sergio Cerro, denunció en las últimas horas que el sector se vio perjudicado en diferentes comunas del país por una “interpretación errónea” de la normativa que estableció las restricciones comerciales, en el marco de la Emergencia Sanitaria por coronavirus.
El propietario de Vinoteca La Bodega y organizador de la feria vitivinícola ExpoVinos, que se realiza todos los años en Bragado, se puso al frente de un comunicado firmado por la entidad, que reclama con urgencia la reapertura de los comercios que expenden vinos, incluido el suyo, que cerró sus puertas por disposición de la Municipalidad.
“Como Cámara Argentina de vinotecas y Afines, en representación de todos los comercios Vinoteca y Afines, que es su mayoría son familias, teniendo como único ingreso la facturación de sus puntos de venta, que en argentina superan los 5.000 locales. Y haciéndonos eco, de los productores de distintas provincias que también son pequeñas economías regionales y que encuentran en nuestro canal, la única forma de comercializar sus productos”, sostiene el comunicado.
En otro pasaje del escrito, si bien la Cámara reconoce que no tiene autoridad para contradecir las “decisiones de los órganos municipales y provinciales”, pide de manera “urgente” la reinterpretación de la norma rubricada por el Presidente Alberto Fernández. “Solicitamos poder abrir en horarios reducidos, tomando todas las precauciones y cumpliendo todos los protocolos existentes y entendemos que nuestra postura es en pos de buscar soluciones y contribuir con las buenas prácticas dictada por el decreto de nuestro Presidente”, señala la carta pública.
Junto con el comunicado, la Cámara emitió además una Resolución en la que explica que, según el Código Alimentario Argentino, los productos vitinícolas califican como “alimentos”, por lo que deben estar ser encuadrados dentro de las actividades autorizadas, dentro de las excepciones de la Emergencia.
“Conforme lo establecido por la Ley 18.284, del Código Alimentario Argentino, que fija las normas para la producción elaboración y circulación de alimentos para consumo humano, en el capítulo XIII donde se habla en específico para bebidas fermentadas, se incluye a los vinos en la categoría de alimento (…) El Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020, de fecha 19 de marzo de 2020, que establece (…) las actividades productivas y de distribución de alimentos se encuentran exceptuadas al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio”, afirma la Cámara.