Bondoni cree que el nuevo “pacto fiscal” provocará “cambios sustanciales” en los presupuestos de los municipios
El concejal bragadense por Cambiemos, Marcelo Bondoni, anticipó que las modificaciones que propone el gobierno bonaerense de María Eugenia Vidal al Régimen Responsabilidad Fiscal de los municipios producirán importantes cambios en la estructuración de los presupuestos locales en el futuro inmediato.
Bondoni, ex secretario de Hacienda de Bragado, explicó, en comunicación con La Quarta, que el hecho de que a nivel provincial esté en pleno debate la actualización de la Ley Provincial N° 13.295, motivó al gobierno local de Vicente Gatica a solicitar al Concejo Deliberante una prórroga para la presentación del Presupuesto 2018, que se aprobó por unanimidad en la sesión del pasado lunes.
“El mismo Presupuesto de la Provincia aún no fue tratado y la reciente Resolución del proyecto que modifica las disposiciones de la Ley N° 13.295, que establece el Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal Municipal, sin duda modificará sustancialmente la presentación de los presupuestos municipales y sus indicadores a partir de su aprobación”, argumentó Bondoni, presidente de la Comisión de Presupuesto del Concejo Deliberante bragadense, a la hora de defender la postura del oficialismo en favor del pedido de prórroga.
Luego de la sesión, La Quarta se comunicó con Bondoni para contar con mayores precisiones acerca de qué impactos tendría en las arcas municipales la eventual sanción de lo que públicamente desde el gobierno de Vidal llamaron el “nuevo pacto fiscal”. “Sin duda va a modificar mucho los presupuestos de los municipios de la Provincia, porque, de aprobarse, el nuevo régimen limitará el endeudamiento hasta un porcentaje del gasto, no se podrá subir la nómina de empleados más allá del índice de crecimiento poblacional del territorio, apunta a bajar tasas y armonizarlas con las del resto de los municipios para que sea homogéneas. También se aspira a que los municipios busquen el superávit fiscal. En esa línea, se aplicarán castigos a los que tienen déficit, a través de un menor aporte de recursos en relación con aquellos distritos que los que sí hayan logrado el superávit”, señaló el edil bragadense.
¿Qué dice el Proyecto?
El proyecto de modificación de la Ley Provincial N° 13.295 de Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal Municipal, al que tuvo acceso La Quarta, persigue el objetivo de “instrumentar reglas claras y de mayor trasparencia sobre el gasto y los ingresos públicos municipales”.
De acuerdo con la iniciativa, que se tratará a partir de hoy en la Legislatura bonaerense, el nivel de endeudamiento de los municipios no podrá superar “el 8% de los recursos corrientes”, con lo cual la Provincia apuesta a que con la reducción de la toma de deuda los distritos se acerquen al equilibrio de sus cuentas públicas. A partir de allí, el artículo 8° expresa que en caso de que se supere el porcentaje fijado, “los municipios no podrán acceder a un nuevo endeudamiento, excepto que constituya un refinanciamiento del existente y en la medida en que tal refinanciación resulte un mejoramiento de las condiciones pactadas”.
Uno de los puntos que podría desatar discusiones es el referido a las limitaciones que se buscan establecer para la incorporación de empleados municipales. Las mismas figuran en el artículo 6° del documento, que afirma que “los municipios se comprometen a no incrementar la relación de cargos ocupados en el Sector Público (planta permanente, temporara y personal contratado) (…) respecto a la población determinada por la Autoridad de Aplicación”.
Con respecto al régimen de Tasas, el proyecto también establece, en su artículo 7° bis, que los municipios “se comprometen a homogeneizar y armonizar las bases imponibles y alícuotas, en particular en las denominadas Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene; Tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza y Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal”.
En su espíritu, la iniciativa busca desalentar las políticas administrativas que tiendan al déficit, ya que el artículo 7° explicita que “los municipios que hubieran ejecutado su presupuesto con resultado financiero equilibrado o superavitario en los dos ejercicios previos (2015 y 2016) (…) podrán solicitar a la Autoridad de Aplicación excepciones a las pautas establecidas por el presente régimen”.